El Ayuntamiento de Miño, en colaboración con la Dirección General del Catastro, ofrece un nuevo servicio a sus ciudadanos. Se trata del Punto de Información Catastral (PIC).
Con la puesta en funcionamiento del PIC, el ciudadano puede dirigirse a este Ayuntamiento a fin de obtener certificaciones de los datos catastrales protegidos de los bienes inmuebles de los que sea titular.
Los interesados podrán solicitar también certificación de la circunstancia de no figurar como titular catastral de bienes inmuebles en la Base de Datos Nacional del Catastro o certificación de datos catastrales no protegidos de otros bienes inmuebles.volver pic
Servicios que ofrece el Punto de Información Catastral:
-Servicio de consulta libre y certificación electrónica de datos catastrales no protegidos y de cartografía digital.
-Servicio de consulta y certificación electrónica para los titulares catastrales de datos catastrales protegidos, relativo a los inmuebles de su titularidad.
-Servicio de certificación negativa de bienes inmuebles o de la circunstancia de no figurar como titular catastral, relativa al propio solicitante.
Validez y eficacia de la documentación (certificado electrónico) emitido por el Punto de Información Catastral
Los documentos generados por el Punto de Información Catastral contendrán la fecha de su expedición y un código electrónico que permita la comprobación de su integridad y autenticidad, y gozarán de plena validez y eficacia de conformidad con lo establecido por el artículo 96 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y por el artículo 41 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.volver pic
Requisitos para la obtención de datos
En caso de consulta y certificación de datos catastrales no protegidos, no se requiere documentación alguna
En caso de consulta y certificación de datos catastrales protegidos:
- Si el solicitante es titular catastral: impreso de solicitud (disponible en el PIC) y N.I.F. o último recibo de I.B.I.
- Si el solicitante no es titular catastral: impreso de solicitud (disponible en el PIC) y autorización del titular catastral, con fotocopia del N.I.F. del solicitante (original y copia) o documentación que justifique un interés legítimo o directo.volver pic
Normativa:
· Ordenanza Fiscal nº 13:Tasa por Expedición de Documentos Administrativos.
· Resolución de 29 de marzo de 2005, de la Dirección General del catastro, por la que se aprueba el régimen de establecimiento y funcionamiento de los Puntos de Información Catastral.
Copias de cartografía en papel.
o Copias en A4: 1 €
o Copias en A3: 2 €
Copias de información no gráficas de expedientes: 0,30 €/folio.
Informes catastrais sobre bienes urbanos o rústicos: 4 €
Certificaciones catastrales:
o Certificaciones catastrales literales de bienes urbanos: 4 € documento + 4 € parcela.
o Certificaciones catastrales literales de bienes rústicos:4 € documento + 4 € parcela.
o Certificaciones catastrales descriptivas y gráficas referidas únicamente a una unidad urbana o parcela rústica:15,50 €
Cuando las certificaciones descriptivas y gráficas incorporen, a petición del interesado, datos y otros inmuebles (como por ejemplo linderos) a cuantía se incrementará en 4 euros por cada inmueble.
Horario de atención al público de 9 a 17:30 de lunes a jueves, y de 9 a 14 h, los viernes.
Horario de verano (16 de junio a 15 de septiembre) de 8 a 15 h.